Una Orden foral establece el procedimiento para reconocer la
condición de perro de asistencia y la creación de un registro público de
personas usuarias y animales
Las personas
con discapacidad acompañadas de perros de asistencia tendrán garantizado el
acceso a los espacios y transportes públicos gracias a una Orden Foral recientemente
aprobada que, entre otras medidas, determina el procedimiento para reconocer la
condición de perro de asistencia y establece la creación de un registro público
de personas usuarias y otro de animales.
La
normativa tiene como objetivo garantizar el derecho efectivo de acceso a
espacios públicos a los usuarios de perros de asistencia que acompañan a
personas afectadas por diferentes discapacidades, no solo visuales, a los
que, según explica Mari Carmen Maeztu, subdirectora de Valoración y Servicios
de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, en ocasiones
se les deniega la entrada a lugares y transportes públicos, “lo que supone una
limitación a su inclusión y participación social real y efectiva”. Hasta
la fecha, continúa Maeztu, “el acceso dependía de que el dueño del local lo
permitiese. Ahora hay una obligación legal de permitir este acceso, lo que
garantiza en la práctica un derecho reconocido por la ley”.
Navarra
se convierte así en la tercera comunidad autónoma que regula este derecho de
manera efectiva, algo que hasta el momento solo han hecho las comunidades
de Madrid y Valencia.
Se
trata de la Orden Foral 535/2016, de 24 de noviembre, publicada en el BON con
fecha 23 de Diciembre de 2016, que desarrolla la Ley Foral 3/2015, de 2 de
febrero, reguladora de la libertad de acceso al entorno, de deambulación y
permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con
discapacidad acompañadas de perros de asistencia.
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